PRESENTACIÓN CÓDIGO DE ÉTICA Y
BUEN GOBIERNO PARA PROVEEDORES

PRESENTACIÓN

El presente Código de Ética y Buen Gobierno está orientado a impartir directrices para el desarrollo de buenas prácticas de mercado, comerciales y administrativas en todos los niveles de la organización, de igual forma; brinda reglas concretas de cumplimiento a todas las partes interesadas de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, estos estándares no son negociables y son un requisito de estricto cumplimiento, su violación se considera como falta grave y puede conllevar a la terminación de las relaciones comerciales, laborales y/o cualquier otro vínculo con la compañía.

A través del Código de Ética y Buen Gobierno adoptado por la compañía, se busca generar una cultura de autorregulación y conciencia social. De esta forma se pretende lograr buenas prácticas universales de convivencia, generándose el respeto entre compañeros, logrando mayor grado de responsabilidad al momento de tomar decisiones, contando con disponibilidad para escuchar recomendaciones, sugerencias u opiniones para trabajar de una forma más eficiente en equipo, también se genera la defensa del medio ambiente y la sociedad. De esta forma la adopción del Código de Ética permite que cada miembro de la organización se responsabilice de las obligaciones conferidas, por consiguiente se evita divulgar información confidencial, privada o delicada de la compañía y/o terceros, se evitan y sancionan actos de corrupción a través de sobornos o favores a terceros, lavado de activos, financiación del terrorismo y cualquier otra acción que atente contra la integridad y buen nombre de la compañía y su grupo de interés.

DE LA ACEPTACIÓN

La aceptación del presente CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO CORPORATIVO es un requisito contractual que LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, exige a todas sus partes interesadas previo a la celebración de relaciones comerciales, laborales y/o cualquier otra índole.

En ningún momento la filosofía del presente documento busca reemplazar las buenas prácticas adoptadas por clientes, proveedores, colaboradores y demás partes interesadas; por el contrario, las políticas aquí definidas se adicionan a las disposiciones de cualquier acuerdo y/o contrato legal, escrito y/o verbal existente; y a su vez se hace de obligatorio cumplimiento.

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, se reserva el derecho de verificar y/o evaluar el cumplimiento de este código de ética, mediante mecanismos y/o herramientas internas o externas a la compañía. El incumplimiento de las políticas y directrices dadas en el presente código de ética por parte de cualquier parte interesada, puede conllevar a la terminación de cualquier vínculo laboral y/o comercial.

CAPITULO 1: INTRODUCCIÓN

OBJETIVO

Establecer pautas de comportamiento ético, a través de las cuales se genera una cultura de la legalidad que opera bajo buenas prácticas empresariales, respetando y actuando en función de los derechos humanos, las leyes, normas, reglamentos y demás directrices legales del país, así como también en función de la misión y visión de la compañía, con lo cual se evitan comportamientos mal intencionados de corrupción, fraudes o cualquier actuación ilícita que afecte el buen nombre y honra de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, de sus colaboradores y/o demás partes interesadas.

ALCANCE

El presente CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO “CEBG” aplica para los Accionistas, Directivos, personal administrativo y comercial de la compañía, indistintamente de su nivel jerárquico, cargo, rol o funciones desempeñadas. Así como para proveedores, clientes y todo individuo que en el desarrollo de sus actividades diarias, repercuta directa o indirectamente en los resultados e imagen corporativa de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A L.G.B S.A.S

DEFINICIONES

- CEBG: código de ética y buen gobierno.
- Partes interesadas: grupos de interés que se pueden ver afectados directa o indirectamente por el desarrollo de las actividades de una organización.
- Operaciones vinculadas: son aquellas operaciones o transacciones que realice o pueda realizar, de manera directa o indirecta, la sociedad con las personas afectadas o personas a ellas vinculadas.

CAPITULO 2: DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

MISIÓN

Satisfacer las necesidades de nuestros clientes a través de la comercialización y distribución de soluciones para el hogar en electrodomésticos, gasodomésticos, muebles, tecnologías y servicios financieros, generando experiencias positivas por medio de un excelente servicio, calidad e innovación en nuestros productos, mejorando continuamente los procesos e integrando políticas de sostenibilidad ambiental, apoyados por un talento humano capacitado y motivado.

VISIÓN

Continuar siendo en el 2020 una empresa reconocida en la comercialización y distribución de electrodomésticos, gasodomésticos, muebles, tecnologías y servicios financieros; líder a nivel nacional, caracterizados por la excelencia del servicio, la calidad e innovación de los productos que impactan positivamente a nuestros clientes, fomentando continuamente políticas medioambientales que contribuyan al desarrollo sostenible y bienestar de todos nuestros colaboradores.

Adicional, la compañía busca continuar fortaleciendo su portafolio de servicios financieros, así como su canal de proyectos y nuevos negocios, consolidando su actividad comercial y ampliando su cobertura a nivel nacional.

POLÍTICA DE CALIDAD

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A está enfocada en satisfacer las necesidades y expectativas de sus clientes, mediante la comercialización y distribución de su portafolio de bienes y servicios, procurando el cumplimiento de las especificaciones de todos sus productos en funcionalidad, diseño y calidad; así como los requisitos legales aplicables, a través de un equipo de talento humano competente que orienta a sus aliados a tomar la mejor decisión. Todas las actividades, resultados y metas están basados y controlados por el Sistema de Gestión de Calidad que promueve constantemente la mejora continua

PRINCIPIOS ÉTICOS

En el marco de la Ética, los colaboradores de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A desempeñan sus funciones bajo los siguientes principios:

- Calidad: orientar el desempeño hacia el cumplimiento de los requerimientos planteados por los usuarios y demás partes interesadas, que se convierta en un estilo cotidiano de trabajo caracterizado por el profesionalismo y el mejoramiento continuo.

- Innovación: buscar permanentemente el desarrollo de nuevas y mejores alternativas para realizar las actividades, que permitan el crecimiento y desarrollo personal e institucional, que logren fortalecer la capacidad de aprendizaje continuo.

- Trabajo en equipo: trabajar en cooperación con otros de una manera coordinada y armónica, aprovechando las fortalezas individuales y potencializándolas a favor del grupo.

- Excelencia en el servicio: atender y resolver las necesidades de la comunidad de forma amable y respetuosa, evitando la arrogancia y el descuido, teniendo claro que esto va ligado con los alcances en el ejercicio de las funciones.

VALORES ÉTICOS

Los valores éticos son la guía que regula la conducta de cada individuo, enmarcados en la legalidad y cumplimiento de la ley y principios corporativos, permitiendo de esta forma dar alcance y cumplimiento a la filosofía corporativa plasmada en la Misión, Visión y política de calidad.

De lo anterior se definen los principales valores éticos:

- Respeto: LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A fundamenta el trato a sus colaboradores y beneficiarios en valores éticos, principios éticos y morales.

- Responsabilidad: realizar a cabalidad y con la debida diligencia las labores propias de cada cargo, según el grado de decisión y actuación otorgado por la compañía, en consecuencia responder plenamente por los actos y resultados obtenidos propios de su función o como resultado indirecto en otras operaciones.

- Integridad: actuar con honestidad y transparencia, cuidando el mejor uso de los recursos y el cumplimiento de los objetivos corporativos de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S

- Confidencialidad: cada colaborador de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A debe guardar reserva de la información conocida de la compañía, en especial de aquella cuya divulgación esté sometida a protección legal y cause perjuicios a terceros, en especial la información relativa a cualquier parte interesada.

- Cumplimiento de la normatividad: todo colaborador (Administrativo y/o Comercial) debe regir sus actividades y comportamiento en función del cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias que se apliquen a la compañía, de esta forma se debe abstener de realizar cualquier práctica prohibida o restringida por la ley o los reglamentos internos de la compañía.

CAPITULO 3: CONDICIONES GENERALES

Toda persona natural o jurídica que en su juicio genere vínculos de carácter comercial, laboral y/o financiero con LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, debe acogerse a las políticas, procedimientos y demás normas establecidas en el código de ética y buen gobierno corporativo, resumido como la actuación bajo buenas prácticas, las cuales sobresaltan el debido cumplimiento normativo y las directrices y reglamentos internos.

El presente Código de Ética y Buen Gobierno desaprueba en todo momento y lugar:
a) Comportamientos que busquen degradar el buen nombre y dignidad de la compañía, sus colaboradores, y demás partes interesadas,
b) Actos tendientes a generar situaciones de fraude, corrupción o soborno, lavado de activos o financiación del terrorismo, y aprovechamiento inapropiado de información confidencial para fines personales o de terceros.

Lo anterior, serán sancionados por LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A según su reglamento laboral interno y demás mecanismos adoptados como herramientas y medidas de control, seguimiento y prevención, así como las contempladas por la ley nacional que previenen este tipo hechos.

GRUPOS DE INTERÉS DE LA COMPAÑÍA

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A reconoce como parte de sus grupos de interés a todos aquellos que aporten directamente al desarrollo de su misión. La empresa promoverá la interacción con los diferentes grupos de interés a fin de asegurar el crecimiento, el mejoramiento y la satisfacción de las partes. Los principales grupos de interés son:

- Accionistas: LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A cuenta con una alta dirección que diseña y promueve estrategias y políticas que permiten el crecimiento de la organización, las cuales generan valor a la compañía y mejoran su posicionamiento en el mercado.

- Ciudadanía: LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A mantiene a disposición de la ciudadanía toda la información referente a leyes, normas, decretos y/o circulares enfocados a la regulación empresarial, protección del consumidor, y una competencia transparente.

- Clientes: con total dedicación a sus clientes, LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A brinda productos y servicios acorde a las necesidades individuales de cada persona.

- Colaboradores: directivos, administrativos y comerciales a quien la organización confía el logro de las metas.

- Gobierno:LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A gestiona con responsabilidad y racionalidad, los recursos con que cuenta para la consecución de los objetivos. Prepara informes operativos, administrativos y financieros veraces y oportunos que muestran la transparencia con que opera la organización en todos los niveles de su estructura.

- Proveedores: bajo los principios de selección objetiva, transparencia, responsabilidad y economía, la empresa adelanta los procesos de compras y contratación promoviendo las buenas relaciones de mutuo beneficio, que aseguren una efectiva adquisición de bienes y servicios.

POLÍTICAS PARA LA DIRECCIÓN DE LA COMPAÑÍA

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, a través de su modelo de gobierno corporativo, ha optado por implementar políticas éticas por departamento con las cuales busca impactar a todas las partes interesadas según su relación con la compañía, brindando de esta forma un referente de buen comportamiento de cara a la diversidad de actividades que se puedan presentar. A continuación se definen las siguientes políticas éticas:

Política Ética Compras y Proveedores

El departamento de compras y proveedores, como responsables de la adquisición de bienes y servicios actuara siempre bajo el cumplimiento de los siguientes preceptos.

- Comprar productos y/o servicios a proveedores que estén legalmente constituidos en el país, que cumplan con todas sus obligaciones legales, tributarias, laborales, financieras y demás obligaciones que por su naturaleza se deriven.

- Comprar productos que legalmente han sido registrados en los certificados de importación o por los cuales su productor o expendedor local o nacional haya hecho la respectiva declaración.

- Comprar productos de calidad cuyas especificaciones y características brindadas a los clientes sean correspondientes a su operación.

- Comprar productos que cuenten con la garantía y respaldo establecidos por la ley y la ofrecida por la compañía.

- Comprar productos que cumplan con las medidas de seguridad y protección del consumidor.

- Resguardar, proteger, y no divulgar cualquier información sensible, privada y confidencial que por razones comerciales y durante el desarrollo de actividades de compra se conozcan de nuestros proveedores.

Política Ética Gestión Humana y Administración

El departamento de Gestión Humana y Administración, como responsable del control de personal, está comprometido con el desarrollo de procesos eficientes, rentables y sostenibles en pro del bienestar de los colaboradores, directivos y demás partes interesadas, valiéndose del establecimiento de protocolos para la contratación del personal idóneo, teniendo en cuenta sus aptitudes académicas, personales y laborales, que garanticen armonía en las relaciones entre colaboradores y el uso adecuado de los recursos físicos y tecnológicos, encaminados al cumplimiento de los requisitos legales aplicables y demás disposiciones de carácter interno definidos por la compañía, para asegurar la eficacia, eficiencia y efectividad de los procesos de la organización de forma continua.

El departamento de Gestión Humana, por su naturaleza y razón de ser en función de los colaboradores, orienta su actuación sustentada en la declaración universal de los derechos humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), por lo cual cumple a cabalidad con las seguidas declaraciones:

- LAGOBO bajo ninguna circunstancia utiliza o hace uso de trabajo llevado a cabo de forma involuntaria bajo la amenaza de castigo, incluyendo horas extras obligatorias, servidumbre por deudas, trabajos forzados de prisión, esclavitud o servidumbre, de acuerdo al Convenio No. 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el trabajo forzoso y el Convenio No. 105 de la OIT sobre la abolición del trabajo forzoso.

- LAGOBO no hace uso de trabajo infantil y actúa de acuerdo al Convenio No. 138 de la OIT sobre la edad mínima, el cual indica que ningún niño menor de 15 años está autorizado a trabajar, con excepciones permitidas por la OIT o las leyes nacionales. La compañía actúa también de acuerdo al Convenio No. 182 sobre la eliminación de las peores formas de trabajo infantil y en caso de emplear trabajadores jóvenes, deberá demostrar que el trabajo al que los expone no implica riesgos físicos innecesarios que puedan perjudicar al desarrollo del menor y contara con las debidas autorizaciones legales, familiares y personales.

- LAGOBO actúa con dignidad, respeto e integridad en el trato con sus colaboradores, en donde no tolerará ningún tipo de discriminación por razón de raza, color, grupo social o étnico, nacionalidad, edad, religión, sexo, orientación sexual, ideología política, discapacidad, pruebas médicas o estado civil, de acuerdo con el Convenio No. 111 de la OIT sobre discriminación.

- LAGOBO con el fin de proteger la salud, la seguridad y la vida de sus colaboradores, destina recursos, tiempo y conocimiento a mejorar y aplicar con rigor políticas estrictas de seguridad y salud en el lugar de trabajo. El cumplimiento de la normatividad legal vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo van alineados a las directrices del gobierno nacional plasmado en el Decreto 1072 de 2015, y toda la normatividad vigente y aplicable.

- LAGOBO cuenta con estrictas políticas de remuneración justa, que cumplen con todas las leyes salariales y de jornadas laborales del ámbito nacional, además de respetar los salarios mínimos, el pago de horas extras en caso de llegar a presentarse, y garantiza las prestaciones exigidas por la ley.

Política Ética Comercial

El departamento comercial orienta sus buenas prácticas y comportamiento a dar cumplimiento legal de los objetivos de venta, velar por la idoneidad de los funcionarios encargados de asesorar los clientes y cumplir con los requerimientos que se presenten en el asesoramiento. Por ello el departamento Comercial obra bajo los siguientes lineamientos:

- Garantizar el personal idóneo para los puntos de venta, con el fin de asegurar que la prestación de servicios al público estén fundamentados en actos de transparencia y claridad en toda información dada.

- Suministrar la información adecuada y oportuna a todos los clientes dando cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias, así como las políticas definidas por la compañía.

- Ofrecer a los clientes una atención eficiente, rápida, transparente, basada en el respeto entre las partes involucradas.

- Ser precisos, mantener registros comerciales completos y fieles a la realidad.

- Cumplir con todo lo establecido por el gobierno nacional en materia de protección del consumidor.

Política Ética-Mercadeo

El departamento de Mercadeo procura garantizar que las decisiones, recomendaciones y acciones que se realizan cuenten con una comunicación clara para los clientes, manteniéndolos informados en todo momento acerca de los productos y servicios de manera coherente, actualizada, veraz y transparente; siendo esencial la buena imagen de la compañía ante los stakeholders, el fomento constante de la confianza y cumplimiento de todas las normas y leyes que protegen al consumidor en materia de publicidad.

Política Ética-Auditoría

El Departamento de Auditoría se encuentra encaminado a garantizar que las personas que integran la empresa actúen conforme a las directrices internas, así como la reglamentación del gobierno nacional. El departamento de Auditoría obra de la siguiente manera:

El Departamento de Auditoría se encuentra encaminado a garantizar que las personas que integran la empresa actúen conforme a las directrices internas, así como la reglamentación del gobierno nacional. El departamento de Auditoría obra de la siguiente manera:

- Actuar con objetividad en las situaciones en materia de investigación que se desarrollen en el ámbito administrativo y comercial a la hora de tomar decisiones.

- Garantizar que se respeten los derechos de los funcionarios de la compañía; así mismo, que se cumplan las obligaciones enmarcadas en el reglamento interno de trabajo.

- Propender que se cumplan los lineamientos de la compañía ante las posibles sanciones que se puedan derivar por la ejecución de las tareas diarias en la prestación de servicios a favor de los clientes.

- Velar por que las actividades realizadas por el personal que puedan generar situaciones de fraude o el uso inadecuado de los recursos de la empresa sean sancionados de acuerdo al reglamento interno de trabajo de la compañía.

Política Ética-Jurídica

Nuestra función principal constituye al asesoramiento integral en todas las áreas del derecho para que se proceda conforme a la ley y se evite infringir la misma, haciendo uso de los preceptos constitucionales y legales previstos en las normas y que sirven de base para el obrar ético de la corporación así:

- Actuar con objetividad en las situaciones jurídicas que se desarrollen en el ámbito laboral, civil, administrativo, penal y comercial a la hora de tomar decisiones.

- Velar por el cumplimiento de las normas tributarias vigentes en Colombia, con el fin de evitar la evasión de impuestos.

- Atender oportuna y eficientemente los llamados que realicen los diferentes organismos de control y las autoridades públicas.

- Servir de garante para con los clientes, con el fin de que se les respeten los derechos al momento de la prestación de los diferentes servicios que ofrece la compañía.

- Vigilar, evitar y responder oportunamente a posibles sanciones que se puedan derivar por la ejecución de las tareas diarias en la prestación de servicios a favor de terceros y/o en el despliegue de las actividades normales de comercio y administrativas de la compañía.

Política Ética-Cobranza

Todo el equipo de cobranza a través del despliegue de sus actividades encaminadas el recaudo y recuperación de cartera vigente y castigada, tienen como foco principal, actuar bajo buenas prácticas, desempeñando una gestión que permita:

- Brindar en todo momento y lugar información clara, precisa y oportuna sobre las obligaciones contraídas con la compañía.

- Sancionar cualquier acto tendiente a incrementar la deuda de un cliente con cargos no autorizados por la legislación vigente o por el contrato celebrado entre el deudor, el otorgante del crédito o el acreedor.

- Implementar mecanismos de control y seguimiento a las condiciones, políticas y prácticas de cobro, en las cuales se garantice trato humano, veracidad en la información de las condiciones del crédito y del monto cobrado.

- Generar estrategias e implementar políticas que permitan a los deudores cumplir con sus obligaciones financieras.

CAPITULO 4: CONFLICTOS DE INTERÉS

Hay conflicto de interés cuando un colaborador de la organización debe tomar decisiones relacionadas con asuntos en los que confluyen a la vez intereses de su cargo, intereses propios, de familiares directos, o intereses compartidos con terceros pertenecientes a cualquier grupo de interés alienado a la compañía, ya sean clientes, proveedores, accionistas o entes gubernamentales.

Para evitar conflictos de intereses se deben evitar las siguientes prácticas:

- Recibir remuneración, regalos, o cualquier otro tipo de compensación en dinero o especie por parte de clientes, proveedores u otro tercero, en razón del trabajo o servicio prestado a LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, que pueda prestarse para dilemas éticos y morales, comprometiendo las funciones del cargo.

- Obtener provecho del uso de información confidencial o usarla para salvaguardar intereses individuales propios o de terceros.

- Desarrollar actividades de proselitismo político o religioso al interior de la compañía, aprovechando su posición, comprometiendo recursos en la financiación de campañas políticas y generando actos burocráticos a favor de personas naturales o jurídicas.

- Todo tráfico de influencias para privilegiar tramites.

El talento humano al considerar que tiene conflictos de intereses debe actuar de la siguiente manera:

- Dar cabal cumplimiento a las directrices y políticas definidas por la organización, establecidas en documentos, que son de conocimiento de todo el personal de la organización.

- Acogerse a los mandatos corporativos, teniendo claro los derechos y deberes dentro de la organización, plasmados en el reglamento laboral.

- Informar a tiempo y por escrito, a los canales adecuados sobre conflictos de interés que se puedan presentar.

- Permitir la realización de las funciones encomendadas a entes de control interno y externo.

- Guardar y proteger la información que se considere de carácter reservado por la normatividad legal y la organización.

- Denunciar de forma inmediata a través de los canales definidos cualquier conducta que implique actos de:

- Robo

- Fraude

- Suplantación de identidad o falsedad en documentos

- Deshonra a colaboradores, la empresa, clientes, proveedores o demás terceros

- Acuerdo de beneficio entre un colaborador y personas pertenecientes a cualquiera de los grupos de interés alienados a la compañía y que estos comprometan el buen juicio en la prestación del servicio.

- Cualquier acción que vaya en contravía de las políticas y directrices impartidas por la alta dirección de la empresa.

CAPITULO 5: DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

LAGOBO a través de sus políticas administrativas ajustadas a las normas legales y reglamentarias en materia judicial, fiscal, contable y tributaria, busca dar cumplimiento y prevenir de esta forma el lavado de activos y financiación del terrorismo al interior de la compañía, entendiéndose estos como actos ilícitos según se define en el artículo 323 del Código Penal modificado por el artículo 42 de la Ley 1453 de 2011 y en el artículo 345 del Código Penal modificado el artículo 16 de la Ley 1453 de 2011.

En LAGOBO no se toleran actos o conductas tendientes a generar este tipo de actividades ilícitas, fraudulentas; las cuales pueden comprometer la seguridad, buen nombre y honra de la compañía, sus colaboradores y demás partes interesadas, por lo cual en caso de detectarse algún comportamiento o acto indebido será denunciado a las autoridades competentes para dar tratamiento y solución de una forma oportuna y efectiva, así como también podrá ser causal de terminación de cualquier vínculo laboral o comercial con la empresa.

Dentro del proceso de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, LAGOBO ha adoptado políticas e implementado procesos para la detección, tratamiento y eliminación de cualquier amenaza o conducta maliciosa, contenidos en la política general de riesgo operativo.

CAPITULO 6: DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

Si bien LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A es consciente de que el consumo de sustancias alcohólicas y psicoactivas se puede hacer de forma voluntaria por parte de cada uno de sus colaboradores, dentro de sus directrices internas fomenta políticas de no al consumo de alcohol y/o sustancias psicoactivas durante los espacios, jornadas y actividades laborales, con lo cual se pueda ver afectada la calidad de las funciones desarrolladas por el colaborador y el de sus compañeros de trabajo. Por lo cual se establece que:

- Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y/o consumo de sustancias psicoactivas al interior de la compañía, en el horario laboral.

- Está prohibido asistir al trabajo bajo los efectos de sustancias alcohólicas y/o psicoactivas.

CAPITULO 7: DE LOS PROVEEDORES

Las directrices que en materia de comportamiento ético se imparten a los proveedores, buscan consolidar una guía de conducta y comportamiento enfocado en la filosofía de la organización “ACTUAR BAJO BUENAS PRÁCTICAS”, a su vez que reafirma la voluntad de LAGOBO en mantener los mejores estándares de honestidad e integridad, permitiendo así mejorar continuamente. Gracias a esto se logra definir, establecer y difundir los estándares de conducta mínimos que cada proveedor de bienes y servicios debe cumplir en el desarrollo de sus funciones con el fin de garantizar sanas y duraderas relaciones comerciales.

Así las cosas, se espera que tanto proveedores como sus filiales cuenten con el compromiso para obrar bajo buenas prácticas empresariales enmarcadas en la ética y el buen proceder, que generen y promuevan la sostenibilidad organizacional a través del respeto por los derechos humanos y normas laborales, la protección del medio ambiente, la prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, la prevención del fraude, el control del consumo de sustancias psicoactivas, así como cualquier otra práctica que pueda poner en riesgo la integridad de la compañía, de sus colaboradores, proveedores o de cualquier otro grupo de interés a la misma.

CONDICIONES GENERALES

Toda persona natural o jurídica que preste o en el futuro desee ofrecer bienes y servicios a LAGOBO en calidad de proveedor, debe acogerse a las políticas, procedimientos y demás normas establecidas en el código de ética. El cual establece las directrices para actuar bajo buenas prácticas, así como de los demás reglamentos y directrices que internamente se establezcan, además de los definidos por la ley y aplicable a todos los proveedores de manera directa e indirecta y sus filiales.

Cualquier situación o acto tendiente a generar situaciones de fraude, corrupción o soborno será sancionado por LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, a nivel interno según su reglamento laboral y demás mecanismos adoptados como herramientas y medidas de control, seguimiento y prevención, así como las contempladas por la ley que prevengan este tipo de actos malintencionados y a nivel externo este tipo de conductas puede generar la terminación de las relaciones comerciales con el proveedor que se vea involucrado en esta clase de actos

“PILARES DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO CORPORATIVO PARA PROVEEDORES”

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, establece en el código de ética dos pilares para sus proveedores, a los cuales espera se dé pleno cumplimiento.

- El Ámbito Ambiental.

- El proveedor y sus filiales deben contar con prácticas y políticas que demuestren su compromiso con el cuidado y conservación del medio ambiente, propiciando y desarrollando actividades encaminadas a mitigar los impactos ambientales producidos en el desarrollo de sus actividades; basados en la promoción de la protección y conservación de un ambiente sano y sostenible, el consumo racional de los recursos naturales y sus derivados, el uso adecuado de los residuos y el mejoramiento continuo de las prácticas ambientales, dando cumplimiento a los requisitos legales aplicables y demás disposiciones de carácter interno.

- El Ámbito Ético.

- Para LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, la ética significa actuar bajo las buenas prácticas de la moralidad, por este motivo espera que de igual forma sus proveedores y filiales fomenten una cultura empresarial basada en prácticas éticas.

Se espera de los proveedores y sus filiales un comportamiento ético, por lo cual deberán garantizar como mínimo los siguientes compromisos:

- Calidad en el cumplimiento de todos los requisitos legales aplicables en materia contable, fiscal, laboral, ambiental y demás campos que apliquen según su actividad y espacio físico en el cual desarrolle su objeto social.

- No permitir el ofrecimiento de beneficios tales como remuneraciones, regalos, o cualquier otro tipo de compensación en dinero o en especie por parte de sus funcionarios o de sus filiales a clientes u otro tercero, cuya situación se pueda prestar para dilemas éticos y morales y que pueda comprometer el nombre y honra del proveedor, o que pueda comprometer las buenas prácticas y libre competencia entre proveedores y sus clientes.

- No permitir ni tolerar en ningún caso que sus funcionarios obtengan provecho o beneficio personal del uso de información confidencial de sus clientes, proveedores o colaboradores, o que usen esta para salvaguardar intereses individuales propios o de terceros.

- Generar prácticas y estrategias que busquen evitar el lavado de activos, la financiación de terrorismo y cualquier acto que atente contra la sana competencia.

UNA PRÁCTICA NO ÉTICA Y NO PERMITIDA

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, en su actuar ético, y según estrategias implementadas para evitar conductas que puedan comprometer su buen nombre y honra, el de sus colaboradores, clientes y/o proveedores, o generar conflictos de interés; además de buscar garantizar una libre y sana competencia de todas las marcas que hacen presencia en sus almacenes a nivel nacional y de todos los proveedores de bienes y servicios; informa que, según el código de ética y buen gobierno corporativo, se debe dar cumplimiento a:

- Todo pago u ofrecimiento de incentivos tales como: bonificaciones, concursos, campañas de fidelización, comisiones, bonos, viajes, entradas a espectáculos públicos e invitaciones a comer o cualquier otro concepto que implique entrega de dinero, obsequios y/o servicios personales a colaboradores de LAGOBO, en contraprestación o como recompensa por el cargo desempeñado dentro en la compañía, ya sea por: compra, venta y/o almacenamiento de cualquiera de los productos y servicios ofrecidos y comercializados por las diferentes marcas dentro de los ALMACENES OPORTUNIDADES/ELECTROFERTAS/OPORTUNIDADES MOTOS y demás canales comerciales, deberán ser canalizados a través de la empresa, por medio del Director de compras y/o Director nacional de ventas, quienes deberán informarlo y contar con la autorización por escrito de la alta dirección de la compañía.

- Está totalmente prohibido ofrecer beneficios por la contratación de servicios, compra, almacenamiento y/o venta de productos a colaboradores de LAGOBO, o como motivo del cargo desempeñado por el colaborador, este tipo de actividades deben ser planteadas y revisadas directamente a través de la empresa por medio el Director de compras y el Director nacional de ventas, quienes deben contar con la previa aprobación por escrito de la alta dirección.

- Toda actividad donde el proveedor y sus filiales ofrezcan beneficios a colaboradores de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, durante el proceso de cotización, venta de bienes y/o servicios con la intención de adquirir ventaja competitiva y no se cuente con la autorización de la alta dirección de la compañía, será tomado como una conducta desleal y un incumplimiento a las buenas prácticas corporativas de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, plasmadas en el código de ética corporativo, motivo por el cual la organización iniciará la respectiva investigación y tomará las medidas necesarias, lo que puede conllevar a la terminación de cualquier relación y/o vinculo comercial entre las partes, tanto con el proveedor y sus filiales como con el funcionario.

- El proveedor y sus filiales deben contar con prácticas y políticas que demuestren su compromiso con el cuidado y conservación del medio ambiente, propiciando y desarrollando actividades encaminadas a mitigar los impactos ambientales producidos en el desarrollo de sus actividades; basados en la promoción de la protección y conservación de un ambiente sano y sostenible, el consumo racional de los recursos naturales y sus derivados, el uso adecuado de los residuos y el mejoramiento continuo de las prácticas ambientales, dando cumplimiento a los requisitos legales aplicables y demás disposiciones de carácter interno.

CAPITULO 8: DENUNCIA DE INCUMPLIMIENTOS

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S, ha dispuesto de canales para que de forma directa o anónima se presenten denuncias o se informe sobre faltas al código de ética, hechos de corrupción, fraude, lavado de activos y/o financiación del terrorismo.

Para ello se podrá dirigir correo electrónico a oficialdecumplimiento@lagobo.com.co, o comunicarse desde cualquier teléfono fijo a nivel nacional a la línea gratuita 018000117787 opción 5 (Línea ética) o marcando al teléfono fijo en Pereira 3358557 ext. 125. A través de estos canales toda solicitud será atendida por una persona profesional responsable específicamente del cumplimiento ético de la compañía, de acuerdo al presente código de ética, las normas legales, y demás practicas consideradas socialmente como apropiadas.

CAPITULO 9: DECLARACIÓN

LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A a partir de la declaración y publicación de su CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO CORPORATIVO, como muestra de su compromiso con la actuación bajo sanas y buenas prácticas, espera que todos los integrantes pertenecientes a su grupo de interés y todos aquellos con quienes continuamente desarrolla actividades de relacionamiento, apliquen y cumplan estas mismas políticas y prácticas que buscan garantizar un desarrollo Humano, financiero, de infraestructura y del conocimiento sano y con potencial de mejora continua.

DOCUMENTOS SOPORTE

- Reglamento Interno de Trabajo.

- Manual de calidad.

- Manual de Proveedores.

- Aceptación código de ética y SARLAFT.

CONCLUSIONES

- Se resuelve adoptar el código de ética y buen gobierno de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S por parte de todos sus colaboradores.

- El Código de Ética y Buen Gobierno que se adopta debe ser divulgado y socializado a cada colaborador y parte interesada a la compañía. Será publicado en las páginas WEB de la compañía e Intranet para conocimiento de todas las partes relacionadas.

- El cumplimiento de código de ética será objetivo de constante seguimiento por parte de LAGOBO DISTRIBUCIONES S.A.S

- Las políticas definidas a proveedores y colaboradores podrán ser evaluadas por LAGOBO en cualquier momento.